Convalidar carnet de conducir

¿Puedo convalidar en España un carnet de conducir expedido en el extranjero?

La respuesta a la pregunta que planteamos en este post en un sí rotundo. Efectivamente, si te trasladas a vivir a España desde otro país y quieres convalidar tu carnet de conducir, podrás hacerlo a través de un sencillo trámite que, en cualquier caso, pasamos a detallar a continuación en este post:

Primer aspecto a tener en cuenta: el país de origen

A la hora de convalidar un carnet de conducir extranjero en España existen pequeñas diferencias en función del país de origen donde haya sido expedido el carnet original. Por eso, es importante saber a qué grupo de estos tres pertenece el tuyo:

  • Países de la Unión Europea (UE) y Espacio Económico Europeo (EEE)
  • Países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco)
  • Países con convenio (República Argelina Democrática y Popular, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Nicaragua, República de Perú, República Dominicana, República de Panamá, República de Paraguay, República de Uruguay, República Bolivariana de Venezuela, República Federativa de Brasil, República de El Salvador, República de Filipinas, República de Guatemala, República de Serbia, República de Turquía, Túnez, Ucrania, Macedonia)

1.- Países de la UE y EEE

Si provienes de un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (incluye Islandia, Liechtenstein y Noruega), tu permiso será válido para conducir en España mientras esté en vigor y no haya sido retirado por ninguna razón, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso de conducir español equivalente.

2.- Países no comunitarios o países con convenio

Si provienes de un país no comunitario o de un país que tiene convenio con España es necesario que solicites una cita previa en el Servicio de Canjes de la Dirección General de Tráfico (DGT). A la hora de reservar esta cita, te pedirán el número de NIF o NIE y otros datos personales que varían en función del país de origen en el que se esté expedido el permiso de conducción.

Igualmente, como solicitante debes autorizar a la DGT el cotejo de los datos de identidad que aportes en la solicitud de la cita previa con los datos que posee la Dirección General de Policía. Este cotejo tiene el objetivo de comprobar si los permisos de residencia están en regla.

Documentación necesaria para países no comunitarios y con convenio

Una vez confirmada la cita previa para realizar este trámite, el conductor deberá acudir a la DGT con la siguiente documentación:

  • Solicitud oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico o en la web de la DGT.
  • Acreditación de identidad y residencia.
  • Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.
  • Autorización de residencia junto con el Certificado de Inscripción en el registro Central de Extranjeros en vigor.
  • Tarjeta de residencia en vigor.
  • Acudir a un centro de reconocimiento de conductores para la emisión de informe de aptitud psicofísica que será enviado telemáticamente a la Jefatura Provincial de Tráfico.
  • Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.
  • Fotografía actualizada de 32 x 26 mm.
  • Talón foto cumplimentado y firmado en el recuadro correspondiente.
  • Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
  • Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción ya sea expedido en España o en otro país igual que el solicitado

¿Puede existir algún problema con la convalidación?

La validez de los permisos extranjeros, independientemente del país de origen del que procedan, está condicionada por varios aspectos:

  • Que el permiso extranjero esté dentro de su periodo de vigencia.
  • Que el titular tenga la edad requerida para conducir en España.
  • Que la documentación presentada esté en vigor.
  • Que no hayan transcurrido más de 6 meses desde que el titular adquiriera la residencia española.

Transcurrido ese plazo, los permisos extranjeros carecen de validez y si sus titulares desean seguir conduciendo, deberán obtener un permiso español.

En cualquier caso y más allá del contenido que hemos explicado en este post, te aconsejamos informarte en el momento por si se ha producido algún cambio en la normativa vigente, algo que debes procurar hacer siempre, aunque simplemente se trate de renovar tu carnet de conducir nacional.