Etiquetas medioambientales DGT

Clasificación de las etiquetas medioambientales de los vehículos.

Las etiquetas medioambientales de la DGT que desde hace un año lucen muchos vehículos en nuestro país forman parte de un plan de movilidad y de creación de zonas de bajas emisiones que ha puesto en marcha el Gobierno de España.

Sin embargo, y aunque han pasado más de 12 meses, muchas personas siguen sin tener muy claro qué son esas etiquetas, cuántos tipos existen y si tienen obligación de colocarla en sus automóviles. Si es tu caso, no pierdas de vista este post en el que te contamos un poco más sobre estos distintivos y su clasificación.

¿Qué son las etiquetas medioambientales de la DGT?

Pues se trata de una pegatina que sirve para clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental que causan en el entorno por el que circulan.

La clasificación de los vehículos a través de estas etiquetas medioambientales pretende discriminar positivamente a aquellos vehículos que son más respetuosos y eficientes: les permite tener acceso a ciertas zonas a los que no accederán otros vehículos así como disfrutar de beneficios fiscales o relativos a la movilidad.

¿Cómo se clasifican estas etiquetas?

La clasificación de las etiquetas medioambientales de la DGT sigue la normativa europea de anticontaminación a las que se vienen enfrentando los fabricantes de vehículos desde años, debido a las restricciones y controles a los que se ven expuestos. La clasificación de las etiquetas es la siguiente:

  • Vehículos sin etiqueta medioambiental:

Los vehículos de gasolina anteriores a 2001 o que no cumplen con la normativa Euro III así como los vehículos diésel anteriores a 2006 o que no cumplen con la normativa Euro IV no llevarán ninguna pegatina al tratarse de vehículos que no están mejorados a nivel de eficiencia energética para contaminar menos.

  • Vehículos con etiqueta medioambiental B:

Los vehículos de gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2001 o que cumplen con la normativa Euro III así como los vehículos diésel matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen con la normativa Euro IV llevarán esta etiqueta.

  • Vehículos con etiqueta medioambiental C:

Los vehículos de gasolina matriculados a partir del 1 de enero de 2006 o que cumplen con la normativa Euro IV, V o VI, así como los vehículos diésel matriculados a partir del 1 de enero de 2015 o que o cumplen con la normativa Euro VI llevarán esta etiqueta para reconocer que son vehículos más sostenibles.

  • Vehículos con etiqueta medioambiental eco:

Los vehículos híbridos o híbridos enchufables con autonomía eléctrica inferior a 40 km y vehículos impulsados por gas natural comprimido (GNC), gas licuado de petróleo (GLP) y que cumplan con los requisitos de la etiqueta C.

  • Vehículos con etiqueta medioambiental 0 emisiones:

Los vehículos electrificados con autonomía eléctrica superior a 40 kilómetros, ya sean eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida, y los vehículos movidos a través de hidrógeno o de pila de combustible.

 

Como ves, esta clasificación tiene un punto en común con el Certificado de Eficiencia Energética de las viviendas: cuanto más respetuoso, sostenible y eficiente el vehículo, mejor puntuación obtendrá y podrá beneficiarse de las ventajas que ello implica.

¿Y tu vehículo, a qué clasificación pertenece? ¿Ya has colocado tu pegatina? Porque en el caso de pertenecer a las últimas categorías, te interesa obtener la etiqueta medioambiental y poder tener ese trato de favor frente al resto de vehículos que no son tan considerados y respetuosos con el medioambiente como el tuyo. Si tienes un coche eléctrico, seguro que en tu taller de confianza o en tu concesionario pueden contarte más al respecto y explicarte dónde obtener esta etiqueta y dónde debes colocarla.